CCOO del Hábitat | 29 marzo 2024.

Una herramienta esencial para acabar con la brecha salarial

    Este 14 de abril entra en vigor el RD 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres

    14/04/2021.
    Entra en vigor el RD 902/2020

    Entra en vigor el RD 902/2020

    Con la entrada en vigor del RDL 6/2019 se introducía el principio de igualdad retributiva para trabajos de igual valor y la necesidad de un desarrollo legislativo para garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres en base a ese principio. Hoy entra en vigor el RD 902/2020, en cuyo borrador y acuerdo con el gobierno hemos participado desde CCOO.

    Según el último informe publicado por la Secretaría Confederal de Mujeres e Igualdad de CCOO, la brecha salarial en España se sitúa en un 27%. Urge atajar esta situación que sufren las mujeres y este RD aporta herramientas para poder avanzar hacia el objetivo de la igualdad retributiva. Refuerza los principios de transparencia retributiva y de igualdad de retribución para trabajos de igual valor. Establece la obligatoriedad de que todas las empresas, con independencia de su tamaño, tengan un registro retributivo desagregado por sexo de la totalidad de su plantilla (incluyendo a la dirección). Y en el caso de las empresas con un plan de igualdad, tendrán que tener también una auditoría salarial. Este registro deberá recoger tanto la media como la mediana de lo percibido desagregado por categoría, nivel y puesto; y debe desglosar salario base y los diferentes complementos y percepciones extrasalariales, especificando cada uno de los conceptos. Y si se detecta brecha, se deben establecer medidas correctoras.

    Para la realización de este registro salarial y de la auditoría será la clave elaborar una valoración de puestos de trabajo que identifique trabajos de igual valor, midiendo la importancia relativa de cada puesto en la empresa, con perspectiva de género.

    Además, este RD establece que también las mesas negociadoras de los convenios colectivos deberán asegurarse de que los factores y condiciones concurrentes en cada grupo y nivel profesional respetan los criterios de adecuación, totalidad y objetividad y el principio de igual retribución a trabajos de igual valor.

    Para realizar el registro, se pondrá a disposición de las empresas una herramienta voluntaria y gratuita que ha sido acordada por el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Igualdad y los agentes sociales y cuya presentación tendrá lugar este próximo jueves, 15 de abril, en el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

    El grupo de trabajo constituido por el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Igualdad y los agentes sociales también está trabajando para elaborar una guía para llevar a cabo la auditoría salarial y la valoración de puestos de trabajo.

    En cumplimiento del principio de transparencia retributiva, la RLPT de cada empresa tendrá derecho a conocer el contenido íntegro del registro retributivo. Y, las personas trabajadoras en las empresas donde no hay RLPT, podrán conocer el resultado de las diferencias porcentuales, con la misma desagregación.

    Pilar Expósito, secretaria de Mujeres e Igualdad, señala que "Valoramos muy positivamente que la entrada en vigor de este RD establece la obligación de la empresa de implementar la transparencia en materia retributiva que permita el conocimiento de los salarios dentro de las empresas, y esto lleve a la erradicación de la brecha salarial existente en el tejido productivo. La expectativa es que las mujeres no tengan que trabajar por menos salario y durante más tiempo de cotización para alcanzar los mismos derechos que los trabajadores hombres".