CCOO del Hábitat | 16 abril 2024.

Vicente Sánchez: “Exigimos la derogación, sin más dilación, del artículo 52.d, del ET que supone el despido por enfermar y que afecta de forma notoria a los sectores de los servicios y de la construcción”

    Por ello desde CCOO de Construcción y Servicios hacemos un llamamiento a las trabajadoras y trabajadores de estos sectores a sumarse a las movilizaciones convocadas por la Confederación, el 27 N, contra el art 52.d del Estatuto de los Trabajadores, que permite el despido objetivo por ausencias intermitentes

    25/11/2019.
    27N Movilízate #NoAlDespidoPorEnfermedad

    27N Movilízate #NoAlDespidoPorEnfermedad

    La Sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 16 de octubre, que permite el despido objetivo por ausencias intermitentes, aunque sean justificadas, ha generado una gran indignación y alarma social. El artículo del Estatuto de los Trabajadores que lo permite, el 52.d, existe desde 1980, pero fue con la redacción dada por la reforma laboral de 2012 cuando se endureció sustancialmente su aplicación al suprimir la referencia al volumen de inasistencias total de la plantilla en el centro de trabajo. Con ello se individualizaba totalmente el cómputo

    a considerar y se culpabilizaba a la persona por el hecho de ejercer el derecho a una recuperación efectiva en el caso de enfermedades de origen común, entre otros derechos.

    El contenido del artículo 52.d fue una más de las razones que nos llevaron a los sindicatos a convocar dos huelgas generales en 2012 para exigir la derogación de la reforma laboral, algo que seguimos reivindicando en la actualidad viendo las desastrosas consecuencias que ha tenido para la clase trabajadora en estos años.

    Pero la sentencia del Tribunal Constitucional es una vuelta de tuerca más, porque consagra una preeminencia de la productividad y de los beneficios empresariales frente a los derechos de las trabajadoras y de los trabajadores, como pueden ser, el derecho al trabajo y a recuperar la salud tras una enfermedad.

    Las personas trabajadoras se ven empujadas a no poder ausentarse justificadamente de su puesto de trabajo y a reincorporarse sin haber podido recuperar su salud, con el consiguiente riesgo para ellas y para el resto de la plantilla. Y siendo esta una situación que afecta al conjunto de la población trabajadora, lo hace de una forma más aguda en el caso de las trabajadoras. Son ellas las que desempeñan profesiones y actividades con una mayor incidencia de patologías que exigen periodos de recuperación cortos y discontinuos, convirtiéndose en objetivos perfectos para la aplicación del 52.d.

    A día de hoy, la única vía para defender el derecho a la salud en el trabajo pasa por la derogación de la reforma laboral y del artículo 52.d en particular. Desde 2012 los accidentes de trabajo no han dejado de crecer y difícilmente se va a poder evitar despidos por la vía del 52.d en un contexto de subregistro de enfermedades profesionales, que sistemáticamente son notificadas como comunes por las Mutuas, o de deterioro de las condiciones de trabajo en las empresas.

    Para CCOO de Construcción y Servicios, es imprescindible reequilibrar el marco legislativo y ajustarlo a la realidad del siglo XXI. Pero es urgente y de justicia suprimir un precepto legal que ampara la discriminación de forma evidente, que culpabiliza a la persona trabajadora y que impide ejercer los derechos de trabajadores y trabajadoras, como el derecho a la recuperación efectiva.

    En este sentido Vicente Sánchez ha manifestado “Derogar las reformas laborales es una necesidad, pero acabar con el artículo 52.d es urgente. Para lograr este objetivo reclamamos a los partidos políticos y a sus grupos parlamentarios un compromiso con la necesidad de mejorar las condiciones materiales de vida de la clase trabajadora. Por estos motivos, convocamos concentraciones el 27 de noviembre frente al Congreso de los Diputados en Madrid y en las Delegaciones de Gobierno del resto de Comunidades Autónomas, en el marco de una movilización confederal”.