CCOO del Hábitat | 19 abril 2024.

CCOO interpone recurso especial ante el Tribunal Central para la rectificación de los pliegos del Ayuntamiento de Torrevieja

    CCOO de Construcción y Servicios de País Valencià, exige la rectificación de los pliegos de contratación de la recogida de residuos, transporte a vertedero, limpieza viaria y limpieza y mantenimiento de la Costa de Torrevieja, actualizando la plantilla mínima de temporada baja con el personal actual a subrogar, incorporar criterios de contratación para la temporada alta, entre otros..

    07/06/2019.
    CCOO interpone recurso especial ante el Tribunal Central para la rectificación de los pliegos del Ayuntamiento de Torrevieja

    CCOO interpone recurso especial ante el Tribunal Central para la rectificación de los pliegos del Ayuntamiento de Torrevieja

    El día 6 de junio, la Sección Sindical de CCOO del Servicio de Aseo Urbano perteneciente al Ayuntamiento de Torrevieja, a través de la federación de CCOO Construcción y Servicios de País Valencià, interpone un recurso a los pliegos de condiciones del Ayuntamiento de Torrevieja, que están en fase de adjudicación, con el objeto de rectificar algunas de las cláusulas que vulneran el principio de transparencia en el procedimiento de contratación y que se garantice el cumplimiento de los derechos de los trabajadores durante la ejecución del contrato, así como el mantenimiento del empleo.

    El contrato con una duración de 4 años, y con un importe anual de 16.791.467,78€, no garantiza, en modo alguno, el mantenimiento de los puestos de trabajo existentes en la actualidad, ni los derechos reconocidos en el convenio colectivo, lo que supone una clara vulneración de lo recogido en la normativa reguladora de los contratos del sector público, así como también lo regulado en la Ley 18/2018, de la Generalitat Valenciana sobre fomento de la Responsabilidad Social.

    Los datos aportados por los pliegos relativos al personal a subrogar (más de 200 operarios), y por lo tanto, base y sustento de los cálculos de coste de la mano de obra que deben realizar los licitadores a la hora de presentar sus ofertas, son datos que se aportaron en el momento de la confección de la memoria justificativa, en los meses previos al mes de mayo del 2018, para ser más exactos a finales del 2017, es decir que están desactualizados.

    Por tanto, la diferencia que existe en el personal actual a subrogar va a producir que los licitadores realicen sus cálculos económicos en cuanto al coste de la mano de obra con unos datos inciertos y desfasados, que producirán un grave perjuicio para los trabajadores, que verán como los datos económicos tenidos en cuenta por los licitadores no se corresponden con la realidad laboral de la vigente plantilla.

    Y es en este punto donde entroncamos con la obligación exigida en la Ley 18/2018, de la Generalitat Valenciana sobre fomento de la Responsabilidad Social, donde se establecen, entre otras obligaciones, el proporcionar la referida información exacta y veraz y una plantilla mínima expresada en número de personas trabajadoras y número de horas de trabajo necesarias para una correcta prestación de los servicios.

    Además de todo ello, nos encontramos con la circunstancia, nada desdeñable, de la ausencia en los pliegos de referencia alguna a la contratación de los trabajadores necesarios para realizar el trabajo en la temporada alta de verano, en la que se produce un incremento de tareas sustancial debido a la afluencia de turistas en la ciudad de Torrevieja. Este incremento de mano de obra no se ha tenido en cuenta en los pliegos, y no se exige en ningún caso que los licitadores dispongan de personal necesario para la ejecución de estas tareas, dejando a su libre arbitrio el cómo ejecutar este incremento de tareas.

    Ahonda en la ausencia de la plantilla mínima necesaria para la ejecución del servicio, y no únicamente en temporada baja (que es la plantilla recogida en la lista de subrogación, y de forma desactualizada), sino también los trabajadores necesarios para las funciones a ejecutar en la temporada alta.

    La falta de previsión en los pliegos sobre la plantilla mínima necesaria para la prestación adecuada del servicio durante la temporada baja y alta, supone la omisión de unos datos cuyo conocimiento es trascendental para la adjudicación y ejecución del contrato, pues sirve para justificar un correcto cálculo del valor estimado, y garantizar que la fijación del precio es ajustada a Derecho.

    Teniendo en cuenta que en este servicio lo habitual y necesario, en la temporada alta, es un importante refuerzo en la contratación en relación a los existentes en la temporada baja (habitualmente más de 100 contrataciones en temporada alta), afectará al mantenimiento del empleo de muchos compañeros y compañeras que habitualmente trabajan en verano.

    Además estos trabajadores cuentan con la formación y la profesionalidad necesaria para prestar el servicio porque lo vienen haciendo habitualmente durante muchas temporadas, y ello va a repercutir indudablemente en una posible merma de los derechos de los trabajadores que pueden ver como los recursos económicos destinados al presente servicio son insuficientes para hacer frente a los costes de la mano de obra ya comprometidos legalmente, y por supuesto a la merma de la calidad del servicio que se requiere para una ciudad turística como Torrevieja, y que sufrirán directamente los ciudadanos.